Civil

Artículo 377 del Código Civil chileno que regula la validez de los actos del tutor o cu…

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo 377 del Código Civil chileno que regula la validez de los actos del tutor o curador. Establece la nulidad de actos realizados antes del discernimiento del cargo, pero permite su validación retroactiva si el discernimiento posterior evita perjuicios al pupilo. Disposición del Libro I sobre formalidades previas al ejercicio de la tutela o curatela.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.