Administrativo

Artículo 172 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones regula el procedimiento de…

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo 172 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones regula el procedimiento de aprobación de informes de mitigación. Establece plazos para que las autoridades de transporte se pronuncien, posibilidad de correcciones y prórrogas, y que el silencio administrativo implica aprobación. También vincula la aprobación del informe al otorgamiento de permisos de urbanización o edificación.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.