Civil

Artículo del Código Civil chileno sobre la tradición.

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo del Código Civil chileno sobre la tradición. Regula que la transferencia de dominio puede someterse a condición suspensiva o resolutoria. Establece que la entrega de la cosa transfiere el dominio aunque no se haya pagado el precio, salvo reserva expresa del vendedor.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.