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El 29 de septiembre de 2026, en la audiencia de control de detención, el Segundo Juzgad…

Resumen del criterio jurisprudencial

El 29 de septiembre de 2026, en la audiencia de control de detención, el Segundo Juzgado de Garantía de Santiago decretó la prisión preventiva de Sofía Paz Elgueta Vargas, imputada como coautora de cinco delitos consumados de robo con intimidación, uno de ellos con violencia, ocurridos entre el 23 de agosto y el 26 de septiembre de 2026. El tribunal consideró acreditadas las exigencias de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, basándose en el reconocimiento fotográfico de la imputada por víctimas de tres de los hechos y en las transferencias bancarias recibidas en su cuenta. La defensa apeló y solicitó el arresto domiciliario total y arraigo nacional, alegando inconsistencias en las descripciones físicas, ausencia de reconocimiento en dos hechos y que la cuenta fue facilitada a terceros. El Ministerio Público pidió confirmar la prisión preventiva, describiendo una organización que citaba a víctimas por redes sociales, las intimidaba con armas y obtenía transferencias. La Corte concluyó que existen presunciones fundadas de participación por la convergencia de tres reconocimientos independientes y las transferencias reiteradas, y que la libertad de la imputada representa un peligro para la seguridad de la sociedad. En consecuencia, confirmó la resolución apelada y mantuvo la prisión preventiva.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.