Civil

El artículo 89 del Código de Procedimiento Civil establece el procedimiento para incide…

Resumen del criterio jurisprudencial

El artículo 89 del Código de Procedimiento Civil establece el procedimiento para incidentes, concediendo tres días para responder y permitiendo que el tribunal resuelva sin prueba si no es necesaria. También autoriza resolver de plano cuando los hechos consten del proceso o sean de pública notoriedad.

Accede al fallo completo

Inicia sesión para ver el tribunal, el rol de la causa, la fecha, el texto íntegro y analizar el fallo con inteligencia artificial.

Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.