Resumen del criterio jurisprudencial
La Sociedad Metalúrgica Torres y Ocaranza Ltda. (SMTYO) reclama contra el Servicio de Impuestos Internos (SII) por la emisión del Ordinario DJU 14.00 N° 125 de 29 de agosto de 2013, que rechazó su solicitud de atribuirle la calidad de agente de negocios y objetó el IVA crédito fiscal soportado por servicios prestados por TECSA. La reclamante sostiene que los servicios prestados por TECSA no constituyen reembolsos de gastos, sino un hecho gravado con IVA, y que el SII cambió de criterio sin publicar el nuevo criterio en el Diario Oficial. Acompaña diversos antecedentes, como certificados de cotizaciones previsionales, copias de facturas y el contrato de especialidad, para acreditar la procedencia del crédito fiscal. Solicita que se deje sin efecto el acto administrativo, que se declare que no hay reembolso de gastos, y en subsidio, que el IVA pagado constituye un pago indebido. El tribunal debe resolver si el acto del SII vulneró los derechos del contribuyente y si procede acoger el reclamo.