Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo 63 de la Ley de Tránsito (Ley 18.290) que regula la autorización excepcional para la circulación de vehículos con dimensiones o pesos superiores a los máximos, tratándose de cargas indivisibles. La Dirección de Vialidad puede otorgar la autorización con precauciones, debiendo comunicarla a Carabineros para medidas de seguridad, y puede exigir servicios de seguridad privada. La autorización está sujeta al pago de derechos fijados por decreto del Ministerio de Obras Públicas.