Comercial

Artículo del Código de Comercio chileno que establece que las costumbres mercantiles su…

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo del Código de Comercio chileno que establece que las costumbres mercantiles suplen el silencio de la ley, siempre que sean uniformes, públicas, ejecutadas generalmente en el país o localidad, y reiteradas por largo tiempo, cuya apreciación corresponde a los juzgados de comercio.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.