Tributario

Crédito por Impuesto Territorial establecido en la letra c) del N° 1, del artículo 20 d…

Resumen del criterio jurisprudencial

Crédito por Impuesto Territorial establecido en la letra c) del N° 1, del artículo 20 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, en el caso en que, entre la fecha de la recepción definitiva de las obras de edificación, y la venta del inmueble, el bien inmueble es arrendado mientras se concreta su venta final.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.