Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo 117 del Reglamento del SEIA, del Ministerio del Medio Ambiente, establece la autorización para repoblación y siembra de especies hidrobiológicas con fines de pesca recreativa. El requisito es no generar efectos adversos en el patrimonio sanitario y ambiental, especialmente la biodiversidad. Detalla el contenido técnico del proyecto para acreditar el cumplimiento.