Resumen del criterio jurisprudencial
El 24º Juzgado Civil de Santiago resolvió una demanda de indemnización de perjuicios por responsabilidad contractual en contra de la Universidad de Chile, sostenedora del Hospital Clínico. El demandante, Miguel Santiago Pedraza Marchant, fue sometido a cirugía de bypass coronario el 21 de enero de 2016, durante la cual se le administró sangre de un grupo incompatible, causando complicaciones graves. La sentencia acoge parcialmente la demanda en su forma subsidiaria (responsabilidad extracontractual), condenando al hospital a pagar daño moral únicamente a Gladys Madrid Figueroa. Se rechaza la demanda contractual por falta de legitimación pasiva respecto de dos de las tres demandantes. El tribunal determina que existió falta de servicio en la administración de sangre incompatible durante la intervención quirúrgica.