Resumen del criterio jurisprudencial
El recurrente, Martín Ignacio Henríquez Larraín, interpuso recurso de casación contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que había desestimado su reclamación contra la Dirección General de Aguas. La causa se originó por la Resolución Exenta N° 2.176 de 29 de diciembre de 2006, que aprobó un listado de derechos de aprovechamiento de aguas sujetos al pago de patente por no uso, y por la posterior Resolución Exenta N° 899 de 7 de mayo de 2007 que rechazó la reconsideración presentada extemporáneamente. El tribunal analizó si el recurso de reconsideración había sido presentado dentro del plazo de treinta días establecido por el artículo 137 del Código de Aguas y si existían causales de nulidad formal bajo el artículo 768 del Código de Procedimiento Civil. Concluyó que el recurso de reconsideración era extemporáneo y que la resolución impugnada estaba ajustada a derecho. En consecuencia, se rechazaron los recursos de casación en forma y fondo, confirmando la desestimación de la reclamación del recurrente.