Resumen del criterio jurisprudencial
El Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana, mediante resolución de 26 de febrero de 2014, aplicó el apercibimiento decretado y tuvo por no presentada la reclamación interpuesta por el contribuyente Vargas Marquez en contra del Servicio de Impuestos Internos. Esto debido a que el compareciente no dio estricto cumplimiento a lo ordenado en una resolución anterior dentro del plazo conferido. El tribunal ordenó notificar la resolución mediante carta certificada, publicarla en el sitio web del tribunal y dar aviso al correo electrónico registrado. La decisión se fundamentó en lo dispuesto en el artículo 131 bis del Código Tributario. Se dejaron los testimonios procedentes y se agregaron a los autos.