Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo del Código del Trabajo chileno que regula la formalidad del contrato de trabajo de deportistas profesionales y trabajadores de actividades conexas, estableciendo que debe firmarse en triplicado, entregando un ejemplar al trabajador, otro al empleador y registrando el tercero ante la entidad superior dentro de 10 días hábiles, debiendo mencionar todo beneficio o prestación derivada del contrato.