TributarioAcoge

Normativa aplicable: art. 21 código tributario; arts. 17 n°s. 1 y 8 letra c), 20 y 29 d…

Sentencia · Tribunal Tributario y Aduanero · 2012

Resumen

Normativa aplicable: art. 21 código tributario; arts. 17 n°s. 1 y 8 letra c), 20 y 29 del d.l. 824 de 1974 y 169 del código de minería. se interpuso reclamo por un contribuyente en contra de cuatro liquidaciones correspondientes a los periodos tributarios 2008 y 2009, practicadas por el servicio de impuestos internos de la región de magallanes y antártica chilena, que consideraron como constitutivos de renta ingresos que se obtuvieron con motivo de un "contrato con opción de compra de concesiones mineras y autorización para explotar", que quedó sin efecto, y respecto del cual los dineros percibido por el oferente como parte del precio de la futura venta se les asignó la calidad de indemnización de daño emergente. el reclamante alegó que dichos montos correspondían a rentas exentas y la reclamada argumentó que tales dineros constituían un hecho gravado con impuesto de primera categoría e impuesto global complementario. el tribunal rechazó el reclamo, considerando que los dineros percibidos no tenían la naturaleza de indemnización de perjuicios y que constituían renta afecta al régimen general de la ley de la renta. la parte reclamante no apeló de la sentencia que le fue desfavorable.

Normas citadas

  • Ley sobre Impuesto a la Renta
  • Código de Minería
  • Decreto Ley N° 824
  • Código Tributario
  • Código Civil
  • Artículo 169 del Código de Minería
  • Oficio N° 024
  • Artículo 63 del Código Tributario

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Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.