Resumen del criterio jurisprudencial
El Tribunal Constitucional, en su Primera Sala, se pronuncia sobre la admisibilidad de un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto a una norma que faculta establecer un límite de edad en educación especial para adultos con discapacidad visual. La Sala declara admisible el requerimiento tras verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos por el artículo 93, inciso decimoprimero, de la Constitución Política y el artículo 84 de la Ley Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional. Se confiere un plazo de veinte días a las demás partes en la gestión judicial para formular observaciones y presentar antecedentes. Asimismo, se pone en conocimiento de la Cámara de Diputadas y Diputados, del Senado y del Presidente de la República, otorgándoles igual plazo para sus observaciones. La resolución se notifica y comunica conforme a derecho.