Resumen del criterio jurisprudencial
El empleo de un contrato de asociación o cuentas en participación en los términos expuestos, evita afectar con IVA las cantidades que reciba el partícipe por sus servicios en la intermediación para la colocación de créditos automotrices, lo que constituye un acto elusivo en los términos de los artículos 4° bis, ter y quáter del Código Tributario.