Resumen
La defensa de L.M.C.Q. apeló la resolución del Juzgado de Letras y Garantía de Carahue que decretó su prisión preventiva, solicitando su revocación y sustitución por medidas cautelares menos intensas. La Corte de Apelaciones de Temuco analizó los presupuestos del artículo 140 del Código Procesal Penal, centrándose en la necesidad y proporcionalidad de la medida. Se constató que el imputado había incumplido una prohibición de acercamiento previa y una reclusión parcial nocturna, y que existía un riesgo concreto para la víctima. La Corte concluyó que las condenas e incumplimientos anteriores no se usan para presumir culpabilidad, sino para evaluar la suficiencia de medidas menos gravosas. Dado que la prohibición de acercamiento no impidió un nuevo acercamiento y el imputado no observó la reclusión parcial nocturna, la prisión preventiva resultó indispensable y proporcional. Por ello, se confirmó la resolución apelada, manteniendo la prisión preventiva del imputado.