Resumen del criterio jurisprudencial
La resolución impugnada, dictada el trece de agosto de dos mil veintiséis, rechazó un incidente de nulidad procesal en una causa de familia. Contra ella se dedujo recurso de apelación subsidiario. La Corte de Apelaciones de La Serena declaró inadmisible el recurso. Fundó su decisión en que dicha resolución no está prevista entre las apelables del artículo 67 Nº2 de la Ley Nº19.968. Además, aun aplicando las normas del Código de Procedimiento Civil, la resolución tiene naturaleza de sentencia interlocutoria y no es procedente impugnarla en esa forma. Por ello ordenó devolver los antecedentes vía interconexión.