Resumen del criterio jurisprudencial
El caso trata sobre un reclamo tributario presentado por Inmobiliaria Taboada Hermanos Limitada en contra del Servicio de Impuestos Internos (SII) de la Región de Los Ríos. Con fecha 21 de diciembre de 2016, la reclamante presentó un desistimiento del reclamo. El SII evacuó el traslado correspondiente el 22 de diciembre de 2016. El tribunal, en mérito del desistimiento y sin oposición de la parte reclamada, resuelve tener por desistido el reclamo. Ordena notificar a la reclamante mediante carta certificada y al SII mediante la publicación del texto íntegro en el sitio web del tribunal, conforme al artículo 131 bis del Código Tributario. La resolución fue dictada por el Juez Hugo Osorio Morales y autorizada por la Secretaria Abogado Andrea Catril Beltrán.