Resumen del criterio jurisprudencial
Sólo procede calificar un siniestro como de origen laboral, si se acredita indubitablemente que éste tiene relación con el quehacer laboral de la víctima.
Sólo procede calificar un siniestro como de origen laboral, si se acredita indubitablemente que éste tiene relación con el quehacer laboral de la víctima.
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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.