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La Contraloría General de la República se pronuncia sobre la incompatibilidad de cargos…

Resumen del criterio jurisprudencial

La Contraloría General de la República se pronuncia sobre la incompatibilidad de cargos entre asistentes de educación de un Servicio Local de Educación Pública (SLEP) y docentes de reemplazo. Aunque la Ley 21.109 permite compatibilidad en ciertos casos, la Ley 19.070 que regula a los docentes no contempla tal compatibilidad. Se concluye que ambos cargos son incompatibles entre sí. Sin embargo, se reconoce una excepción: el artículo 38, inciso 3 de la Ley 21.109 permite que asistentes de educación (preferentemente psicopedagogos) cubran clases ante ausencia transitoria de docentes. Esta excepción está limitada a casos puntuales y acotados en el tiempo, no para reemplazos permanentes.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.