Resumen del criterio jurisprudencial
La Inmobiliaria y Constructora Tarapacá Limitada reclamó contra la Liquidación N° 1339 de 30 de agosto de 2018, emitida por el SII, que gravó con Impuesto Único de Primera Categoría el mayor valor obtenido por la enajenación de acciones en el año tributario 2015. La reclamante sostuvo que siempre ha tributado en Primera Categoría con contabilidad completa y que el ejercicio resultó en pérdida, por lo que no procedía el impuesto. El SII argumentó que la propia contabilidad de la empresa reconocía que las acciones estaban afectas a dicho impuesto. El tribunal recibió la causa a prueba, pero la reclamante no acreditó que la operación no fuera habitual ni que la contabilidad reflejara correctamente la situación. Se llamó a conciliación sin éxito. Finalmente, el tribunal rechazó el reclamo y confirmó la liquidación, aunque no condenó en costas por haber tenido motivo plausible para litigar.