Administrativo

Quien ejerce de ministro de fe en el sistema de rendición electrónica de cuentas debe e…

Resumen del criterio jurisprudencial

Quien ejerce de ministro de fe en el sistema de rendición electrónica de cuentas debe encontrarse sujeto a responsabilidad administrativa. Excepción contenida en el artículo 4° de la resolución exenta N° 1.858, de 2023, de este origen, se encuentra vigente.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.