Civil

Artículo del Código de Procedimiento Civil chileno que regula el juicio de jactancia.

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo del Código de Procedimiento Civil chileno que regula el juicio de jactancia. Permite que un afectado solicite al tribunal que obligue a quien se jacta de un derecho a deducir demanda en un plazo de diez días, ampliable hasta treinta, bajo apercibimiento de no ser oído posteriormente.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.