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En cuanto a la figura del “único empleador”, la Dirección del Trabajo ha señalado que e…

Resumen del criterio jurisprudencial

En cuanto a la figura del “único empleador”, la Dirección del Trabajo ha señalado que el poder de dirección laboral implica facultades para lograr el proyecto empresarial en lo laboral, como contratar, ordenar prestaciones, adaptar el trabajo a las necesidades del mercado y sancionar incumplimientos. Este poder se ejerce comúnmente cuando estas facultades están coordinadas entre empresas vinculadas por propiedad. Sin embargo, el vínculo propietario solo no es suficiente; debe existir el ejercicio conjunto de la potestad de mando laboral sobre los empleados de las empresas vinculadas.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.