Resumen del criterio jurisprudencial
El 17 de septiembre de 2026 la Corte Suprema recibió un recurso de nulidad interpuesto por la defensa de Héctor Pérez Cayo contra la sentencia del Juzgado de Garantía de Calama que lo condenó como autor del delito de conducción de vehículo motorizado causando daños. La defensa invocó la causal del artículo 373 letra a) del Código Procesal Penal, alegando infracción al debido proceso y al derecho de defensa al excluir a la única testigo de descargo sin que se consignara la discusión en el acta. El Ministerio Público solicitó la remisión del expediente a la Corte de Apelaciones, argumentando que la causal invocada encaja en el artículo 374 letra c) del mismo código. La Corte, tras analizar el recurso, consideró que la supuesta vulneración de los derechos de la defensa podría constituir causal de nulidad bajo el artículo 374 letra c). En consecuencia, ordenó remitir los antecedentes a la Corte de Apelaciones de Antofagasta para que evalúe la admisibilidad del recurso y, de ser procedente, fije audiencia para su conocimiento y fallo. El documento se registró y remitió con la indicación de seguir el procedimiento correspondiente.