Tributario

En atención a lo anteriormente expuesto, concluye que la irreversibilidad a la que se…

Resumen del criterio jurisprudencial

En atención a lo anteriormente expuesto, concluye que la irreversibilidad a la que se alude en el Menú de Preguntas Frecuentes, no se encuentra establecida de forma explícita en las normas que regulan la materia, por cual esa Dirección solicita se aclare si es o no posible modificar el beneficiario de la franquicia establecida en el artículo 55 bis de la LIR, con posterioridad a que éste haya sido designado por las partes en la escritura pública respectiva, e informado a este Servicio por el Banco otorgante del crédito hipotecario mediante la Declaración Jurada a que se refiere la Circular N°87 de 2001, del Servicio. El inciso tercero del artículo 55 bis de la LIR, señala que la rebaja (de los intereses efectivamente pagados), podrá hacerse efectiva sólo por un contribuyente

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.