Resumen del criterio jurisprudencial
 VENTAS Y SERVICIOS "“ NUEVO TEXTO "“ ACTUAL LEY SOBRE IMPUESTO A LAS "“ ART. 8°, ART. 2°, N°2 "“ LEY N° 19.418, DE 1997, ART. 29° "“ OFICIOS N° 2020, DE 2011 Y N° 1334, DE 2013. (ORD. N° 2144, DE 21.11.2014) IMPUESTO AL VALOR AGREGADO EN ACTIVIDADES REALIZADAS POR UNA JUNTA DE VECINOS. Se ha solicitado a esta Dirección Nacional un pronunciamiento respecto al correcto tratamiento tributario frente al Impuesto al Valor Agregado, aplicable a la actividad realizada por una Junta de Vecinos que administra un recinto deportivo. I.- ANTECEDENTES La Dirección Regional respectiva, recibió una consulta mediante la cual se solicita un pronunciamiento sobre la exención de impuestos que favorecerÃa al Centro Deportivo XXX, que es administrado por la junta de vecinos consultante. I