Resumen del criterio jurisprudencial
Cuando una persona se encuentra beneficiada con las franquicias tributarias establecidas en las Leyes N°s 18.392 y 19.149, las utilidades que genere en sus actividades se encuentran exentas.
Cuando una persona se encuentra beneficiada con las franquicias tributarias establecidas en las Leyes N°s 18.392 y 19.149, las utilidades que genere en sus actividades se encuentran exentas.
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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.