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La recurrente, Carmen Yasmín Hernández Gómez, de nacionalidad venezolana, dedujo acción…

Resumen del criterio jurisprudencial

La recurrente, Carmen Yasmín Hernández Gómez, de nacionalidad venezolana, dedujo acción constitucional de amparo contra el Servicio Nacional de Migraciones por la Resolución Exenta N° 2.600.100.492.611 que declaró inadmisible su solicitud de residencia temporal por reunificación familiar con su cónyuge chileno. El fundamento de la denegación fue su ingreso irregular por paso no habilitado en 2021. La recurrida argumentó que la condición migratoria irregular impedía admitir a trámite la solicitud. La Corte consideró que habían transcurrido más de cinco años desde el ingreso, plazo establecido en el artículo 32 N° 3 de la Ley N° 21.325, por lo que la prohibición ya no era aplicable. Además, la resolución impugnada no ponderó el vínculo familiar con un ciudadano chileno, vulnerando el derecho a residir y permanecer del artículo 19 N° 7 de la Constitución. En consecuencia, se acogió el amparo y se ordenó dejar sin efecto la resolución, debiendo la autoridad admitir a trámite la solicitud y otorgar un plazo de 60 días para acompañar documentación.

Amparo art. 21 Constitución Política

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.