Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo del Código del Trabajo chileno que regula la jornada de tripulantes de vuelo y cabina de aeronaves comerciales. Establece un límite máximo de 18 noches fuera del lugar de residencia al mes, y descansos mínimos según días continuos trabajados (2 días por hasta 5 días, 4 días por 6 a 10 días). Permite excepciones para trabajadores con cláusulas de libre distribución de roles de vuelo.