Civil

Artículo del Código Civil chileno que regula las obligaciones entre socios.

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo del Código Civil chileno que regula las obligaciones entre socios. Establece el derecho de cada socio a que la sociedad le reembolse sumas adelantadas por obligaciones legítimas y le resarza perjuicios de la gestión. La indemnización se prorratea según el interés social, distribuyendo la parte de socios insolventes entre los demás.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.