Administrativo

Artículo de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades que establece una prohibi…

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades que establece una prohibición para los alcaldes. Les impide participar en la discusión y votación de asuntos en que ellos o sus parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad tengan interés.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.