Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo de ley que regula el término del Procedimiento Concursal de Liquidación Simplificada en Chile. Establece que, aprobada la cuenta final, el tribunal declara terminado el procedimiento, con publicación en el Boletín Concursal, y condiciona el término a la resolución de incidentes o acciones pendientes, aplicando las reglas de los artículos 255 y 256.