Resumen del criterio jurisprudencial
El tribunal tributario y aduanero de la región de la araucanía no dio lugar al reclamo por vulneración de derechos presentado por la contribuyente carolina ruiz sabugal, representada por el abogado christian aguila gonzalez, quien alegó que la incautación de su vehículo por parte del servicio nacional de aduanas vulneró su derecho de propiedad. el tribunal estableció que el vehículo había salido previamente del territorio nacional por un paso no habilitado, configurándose antecedentes que permitían presumir una infracción aduanera vinculada al delito de contrabando. en consecuencia, concluyó que la medida de incautación fue adoptada dentro de las facultades legales de fiscalización y control conferidas al servicio de aduanas, encontrándose debidamente fundada en antecedentes objetivos. asimismo, señaló que el sobreseimiento decretado por la justicia argentina respecto de los involucrados no impedía el ejercicio de las atribuciones aduaneras previstas en la legislación chilena. por ello, determinó que no existió actuación ilegal o arbitraria susceptible de afectar el derecho de propiedad de la reclamante.