Resumen del criterio jurisprudencial
La Subsecretaría de Transportes deberá arbitrar las medidas de reintegro y pago de los fondos asociados a los subsidios que se indican de la ley N° 20.378, según corresponda. El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones deberá adoptar las iniciativas de orden normativo que procedan, con motivo de la situación que se señala.