Resumen del criterio jurisprudencial
El documento analiza la naturaleza jurídica del contrato de transporte terrestre conforme al Código de Comercio chileno, identificando a las partes intervinientes (porteador, remitente y consignatario) y sus respectivas obligaciones. Se examina en detalle la obligación de custodia y conservación de mercaderías que pesa sobre el transportista, quien responde de culpa leve desde la recepción hasta la entrega de la carga. Se establece que la carta de porte constituye un documento probatorio y no una solemnidad del contrato. Finalmente, se resuelve que la reserva sobre el estado de las mercaderías puede formularse en documentos distintos a la carta de porte, como las guías de despacho, siempre que se haga en el momento de la recepción y se comunique oportunamente al transportista.