Resumen del criterio jurisprudencial
Se interpuso un recurso de protección en contra del Comité de Vivienda Bicentenario por la exclusión de un proyecto habitacional. El acto impugnado ocurrió el 22 de junio del año en curso, pero el recurso fue presentado fuera del plazo de treinta días corridos establecido en el Auto Acordado de la Corte Suprema. El Servicio de Vivienda y Urbanización emitió un pronunciamiento posterior que solo remitía a lo resuelto en junio, sin renovar el plazo. La Corte de Apelaciones de Iquique declaró inadmisible la acción por extemporánea, conforme al numeral 2° del Auto Acordado. Se ordenó registrar y archivar la causa.