AmbientalAcoge

El Tribunal acogió la reclamación al advertir que, de los antecedentes de la evaluación…

Resumen del criterio jurisprudencial

El Tribunal acogió la reclamación al advertir que, de los antecedentes de la evaluación ambiental del proyecto minero San Cayetano, se infringió el principio de contradictoriedad respecto del titular. En particular, se estableció que el SEA no adoptó las medidas necesarias para asegurar que el titular conociera oportunamente los cuestionamientos técnicos derivados de las observaciones 3 ciudadanas, no otorgándole una instancia efectiva para hacerse cargo de ellos antes de la resolución final. Frente a dicha ilegalidad constatada por el Tribunal, este dispuso la anulación de la Resolución Exenta N° 20239910173, de 27 de enero de 2023, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, y de la Resolución Exenta N° 20220400141, de 29 de abril de 2022, de la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región de Coquimbo, que calificó desfavorablemente el proyecto Minero San Cayetano. Además, ordena retrotraer el procedimiento de evaluación ambiental hasta la etapa anterior a la dictación del informe consolidado de evaluación ambiental, con el objeto de que se dicté un nuevo ICSARA con las diferentes observaciones planteadas por la autoridad.

Evaluación ambientalreclamo de titularproyecto mineroprincipio de contradictoriedadproceso de participación ciudadanaICSARAAdenda

Accede al fallo completo

Inicia sesión para ver el tribunal, el rol de la causa, la fecha, el texto íntegro y analizar el fallo con inteligencia artificial.

Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.