Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte de Apelaciones de Arica acogió el recurso de amparo interpuesto contra la Comisión de Libertad Condicional que había rechazado la solicitud de libertad condicional de un condenado. El recurrente cumplía todos los requisitos legales establecidos en el Decreto Ley N° 321 de 1925, incluyendo conducta calificada como 'Muy Buena', bajo riesgo de reincidencia y avances comprobables en su proceso de reinserción social. La Corte determinó que la negación del beneficio carecía de criterios objetivos y se basaba en consideraciones subjetivas sobre vinculación con pares negativos. Se ordenó conceder el beneficio de libertad condicional al condenado.