La Corte Suprema conoce de un caso de impugnación de paternidad donde se cuestiona la v…
Sentencia · Corte Suprema · 2016
Resumen
La Corte Suprema conoce de un caso de impugnación de paternidad donde se cuestiona la vulneración del debido proceso. El tribunal de primera instancia dictó sentencia definitiva sin escuchar al menor involucrado ni designar un curador ad litem para su defensa, infringiendo así garantías procesales fundamentales. La Corte Suprema enfatiza que aunque la Ley de Tribunales de Familia establece principios de celeridad y desformalización, estos no eximen al órgano jurisdiccional de garantizar el cumplimiento del debido proceso. Se determina que el derecho a la defensa letrada, el contradictorio y la igualdad de armas son requisitos mínimos cuya omisión afecta la validez y legitimidad de las decisiones. La sentencia subraya que en asuntos de filiación que inciden en la identidad del menor, este debe ser oído y debidamente representado por un curador ad litem. Se configura la causal de casación en la forma por infracción de trámites esenciales del procedimiento.
Normas citadas
Artículos 9° y siguientes de la Ley de Tribunales de Familia Nº 19.968
Artículo 18 de la Ley Nº 19.968
Artículo 768 Nº 9 del Código de Procedimiento Civil
Artículo 800 del Código de Procedimiento Civil
Artículo 795 del Código de Procedimiento Civil
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