Administrativo

Funcionarios del Servicio Exterior que cumplen una destinación en el extranjero y no ha…

Resumen del criterio jurisprudencial

Funcionarios del Servicio Exterior que cumplen una destinación en el extranjero y no hacen uso de la opción prevista en el artículo 26, inciso segundo, del decreto con fuerza de ley N° 33, de 1979, del Ministerio de Relaciones Exteriores, deben ser adscritos al país al cumplir 65 años de edad

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.