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A pesar de que el Tribunal Constitucional prohibió a las municipalidades distritales re…

Resumen del criterio jurisprudencial

A pesar de que el Tribunal Constitucional prohibió a las municipalidades distritales remolcar vehículos mal estacionados, Barranco persiste en la práctica recurriendo a la clasificación de los autos como "bienes muebles" para eludir el fallo, generando denuncias de vecinos sobre operativos sin base legal clara.

El TC prohibió a las municipalidades remolcar vehículos (sentencia 119/2025); Barranco incumple reclasificando la medida como retiro de bienes muebles.Vecinos denuncian operativos sin campaña previa ni señalización clara, y con documentos que contienen inconsistencias sobre las infracciones.La Municipalidad sostiene que su ordenanza y la Ley de Espacios Públicos amparan la práctica y que el fallo del TC no las afecta.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.