Laboral

1) No corresponde reconocer como acti­vidad de capacitación el curso "EPI INFO 6.0" dic…

Dictamen · Dirección del Trabajo · 2001

Resumen

1) No corresponde reconocer como acti­vidad de capacitación el curso "EPI INFO 6.0" dicta­do por el Servi­cio de Salud de Magallanes, por no haber esta­do incluido en el Programa de Capacitación Municipal, según lo exige el artículo 45 del Reglamento de la ley 19.378. 2) Corresponderá asignar el puntaje correspondiente a la capa­citación en cualquier momento con posterioridad a la acreditación del curso o esta­día y, en todo caso, al momen­to del ingreso del funciona­rio a la dotación. 3) El cómputo del excedente de pun­taje por concepto de capa­citación, comenzó el 1º de noviembre de 1995 en el caso de funcionarios que se encon­traban en servicio a esa fecha de entrada en vigencia de la ley 19.378, mientras que aque­llos incorporados con poste­rioridad a esa data, iniciaron su cóm­puto a contar del año en que acredita­ron actividades de capacitación.

Normas citadas

  • Ley 19.378
  • Artículo 42 de la ley 19.378
  • Artículo 12 de la ley 19.378

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Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.