Resumen del criterio jurisprudencial
Pablo Antonio Ricardo Weber Aracena interpuso un recurso de protección contra Isapre Colmena Golden Cross S.A. por no equiparar las coberturas de salud mental a las de salud física en su plan de salud, pese a la Ley N° 21.331 y la Circular IF N° 396. La Isapre argumentó que dichas normas no tienen efecto retroactivo y que el contrato preexistente debe respetarse. La Corte consideró que el actuar de la Isapre es ilegal al mantener restricciones en salud mental que vulneran el derecho a la igualdad y no discriminación. Se acogió el recurso, ordenando a la Isapre ajustar las coberturas de salud mental para equipararlas a las de salud física, sin costas. La decisión se fundamentó en que los contratos deben conformarse a las normas vigentes y no pueden perpetuar discriminaciones prohibidas constitucionalmente.