Resumen del criterio jurisprudencial
La Tercera Sala de la Corte Suprema confirma en lo apelado la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Concepción con fecha diez de octubre de dos mil veinticinco. La resolución se pronuncia sobre materias relacionadas con el cierre unilateral de cuentas y productos financieros por parte de instituciones bancarias. La sentencia refuerza el deber de los bancos de justificar adecuadamente el cierre de cuentas y productos financieros. Se ordena registrar y devolver los antecedentes conforme a lo resuelto. La sentencia fue pronunciada por la Tercera Sala integrada por los Ministros Jean Pierre Matus A. y Gonzalo Enrique Ruz L., con participación de Ministros Suplentes.