Resumen del criterio jurisprudencial
El querellado y demandado civil, José Onofre Miranda Zúñiga, apeló la sentencia del Juzgado de Policía Local (Rol 791-FK-2025) que acogió la querella y demanda civil de Enzo Javier Carriez Vega, solicitando su absolución y el rechazo de las acciones, o la regulación prudencial del daño emergente. La Corte de Apelaciones de Punta Arenas reprodujo la sentencia de alzada y analizó si el actor civil se expuso imprudentemente al daño, conforme al artículo 2330 del Código Civil. De un video se apreció que el vehículo del actor se aproximaba a velocidad no razonable, pese a que un camión obstruía la vía y la calzada estaba mojada. Por ello, los sentenciadores estimaron procedente reducir el daño emergente al cincuenta por ciento, fijándolo en $4.500.000. Se confirmó la sentencia con esa declaración y se revocó la condena en costas, por no haber resultado totalmente vencido el demandado. La decisión se adoptó con arreglo a la Ley N°18.287 y los artículos 2330 del Código Civil y 144, 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil.