Tributario

De acuerdo a lo expresado anteriormente, se confirman los criterios que expone en su pr…

Resumen del criterio jurisprudencial

De acuerdo a lo expresado anteriormente, se confirman los criterios que expone en su presentación. No obstante lo anterior, debe tenerse presente que en caso de que contractualmente se haya estipulado que las obras preliminares y principales, a que se refieren los N°s 2 y 3, de los antecedentes construidas en terrenos ajenos sobre los cuales se han constituido las correspondientes servidumbres, pasen inmediatamente a ser de propiedad de los dueños de los predios sirvientes, tales obras no constituirían un activo fijo para la empresa, sino que dichos desembolsos sólo podrían ser amortizados como gastos de organización y puesta en marcha, en conformidad al N° 9 del artículo 31 de la LIR. Respecto de los desembolsos incurridos en la constitución de las servidumbres respectivas, cabe

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.