Resumen del criterio jurisprudencial
El Tribunal Constitucional acogió un requerimiento de inaplicabilidad presentado por Ingeniería y Mantención Industrial Serfacont Ltda. y Víctor Hugo Contreras Castillo en contra de la frase contenida en el artículo 486, inciso primero, del Código de Procedimiento Civil que establece que la tasación del inmueble embargado será la que figure en el rol de avalúos vigente para efectos de contribución de haberes. Los requirentes argumentaron que esta norma vulneraba el derecho de propiedad al no permitir que se considerara el valor real del bien embargado. El Tribunal estimó que la aplicación de esta disposición en el caso concreto resultaba contraria a la Constitución, específicamente al derecho de propiedad en su dimensión subjetiva-pública. La sentencia fue redactada por la Presidenta Nancy Yáñez Fuenzalida, con una disidencia del Ministro Rodrigo Pica Flores.